Funciones de la secretaría técnica. Son funciones de la Secretaría Técnica las siguientes:
Citar a la Comisión.
Elaborar las Actas de la Comisión.
Someter a aprobación de la Comisión las Actas de la Comisión.
Llevar el libro de Actas y suscribirlas.
Verificar los documentos de delegación pertinentes.
Tomar lista de asistencia de los miembros de la Comisión.
Verificar el quórum decisorio.
Preparar los documentos que la Comisión requiera para la toma de decisiones.
Comunicar a los solicitantes las decisiones adoptadas por la Comisión.
Para la aprobación de que trata el numeral 3 del presente artículo, la Secretaría Técnica someterá el Acta de la Comisión, en un término no mayor a cinco (5) días, para los comentarios de los miembros de la Comisión. Si transcurridos diez (10) días, los miembros de la Comisión no presentan observaciones al Acta de la Comisión, esta quedará en firme.