Micelio

Artículo 1

Ley 70 de 1915 · por la cual se declara de utilidad pública una vía y se ordena su apertura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declárase vía nacional, de utilidad pública, la que partiendo de un punto en el Departamento de Santander, en la orilla del río Magdalena, frente a Puerto Berrío, vaya a terminar en Chiquinquirá después de pasar por los parajes más poblados, sin sacrificar la menor distancia posible.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 70 de 1915