Micelio

Artículo 5.1.3.2.8

Circular 100-000019 de 2026 · Circular Externa 100-000019 de 2 de julio de 2026

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Kits de inicio y cuotas de inscripción a) Reconocimiento inicial Cuando la sociedad entrega un kit de inicio sin recibir contraprestación directa del vendedor independiente, debe registrar un gasto de ventas equivalente al valor en libros del inventario transferido y, simultáneamente, dar de baja dicho inventario. Si el kit se cobra o existe una cuota de inscripción, el ingreso se reconoce cuando el control del bien o servicio se transfiere al vendedor independiente y no quedan condiciones pendientes; en entidades del Grupo 1 puede estimarse la contraprestación variable con evidencia fiable, mientras que en el Grupo 2 solo se reconoce cuando la exigibilidad y el valor sean ciertos. b) Medición posterior Para kits gratuitos, el gasto corresponde al valor en libros del inventario y no se reestima, salvo que surjan indicios de deterioro. Para kits cobrados o cuotas de inscripción, el ingreso se ajusta por devoluciones, descuentos u otras cláusulas contractuales; en el Grupo 1 estos ajustes se basan en estimaciones actualizadas de contraprestación variable, y en el Grupo 2 se aplican únicamente cuando la nueva información confirme cambios sustanciales. Si existe incertidumbre significativa sobre la permanencia del vendedor independiente, las estimaciones deben revisarse y, de ser necesario, reconocerse una provisión. c) Baja en cuentas o deterioro En kits gratuitos, la baja del inventario contra gasto queda completa al momento de la entrega. Para kits cobrados, si el contrato se revoca o se producen devoluciones, la sociedad revierte la parte correspondiente del ingreso y ajusta 9890-1GdG-48P0-b9b8-481$-b9b8 Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 la cuenta por cobrar o el pasivo relacionado, reflejando el efecto en el resultado del periodo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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