Micelio

Artículo 114

El Poder Disciplinario Corresponde Al Jefe Del Organismo Administrativo, Pero Puede Delegarlo En Lo Concerniente A La Amonestación Escrita Y Privada, A La Imposición De Multas, Y A La Suspensión Hasta Por Diez Días

Decreto 1732 de 1960 · Sobre Servicio Civil y Carrera Administrativa

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El poder disciplinario corresponde al Jefe del organismo administrativo, pero puede delegarlo en lo concerniente a la amonestación escrita y privada, a la imposición de multas, y a la suspensión hasta por diez días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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