°. Funciones del Consejo Directivo . El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Salud, INS, cumplirá las siguientes funciones
Formular a propuesta del representante legal, la política general del organismo, los planes y programas que, conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica del Presupuesto deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y a través de estos, al Plan Nacional de Desarrollo.
Formular a propuesta del representante legal, la política de mejoramiento continuo de la entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.
Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por la administración de la entidad.
Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura orgánica que considere pertinentes y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con lo dispuesto en sus actos de creación o reestructuración.
Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual del Instituto.
Estudiar y aprobar el Programa Anual Mensualizado de Caja PAC de los recursos propios.
Señalar los criterios generales para la ejecución de los planes, programas, proyectos y recursos del instituto para el cumplimiento del objeto y funciones para el cual fue creado.
Controlar el funcionamiento del Instituto y evaluar el resultado de sus actividades, de acuerdo con las políticas y planes adoptados.
Autorizar el otorgamiento de distinciones y estímulos especiales por la realización de trabajos científicos y tecnológicos, de excepcional importancia, en el campo biomédico y de la salud, de acuerdo con las recomendaciones de la Dirección y de los órganos asesores.
Decidir sobre la participación del Instituto en las sociedades o asociaciones que se creen y organicen para el mejor cumplimiento de sus funciones o para objetos análogos o complementarios.
Autorizar al Director para fijar y modificar los precios de los bienes y servicios que produzca y preste el Instituto en desarrollo de sus objetivos y para contratar empréstitos.
Reglamentar el funcionamiento del Fondo Especial para Investigaciones.
Darse su propio reglamento.
Las demás que le señalen la ley, los estatutos internos.