Micelio

Artículo 8

Competencia En Algunos Procesos Disciplinarios

Decreto 366 de 1992 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto tributario, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Competencia En Algunos Procesos Disciplinarios. Para efectos de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 90 del Decreto 1646 del 27 de junio de 1991, se entenderá que la competencia para continuar el trámite de las investigaciones y procesos disciplinarios con pliego de cargos, allí previstos, hasta la evaluación final, será de la unidad investigadora de la Dirección de Impuestos Nacionales. En estos eventos, la sanción de destitución se estudiará y conceptuará por la Comisión de Personal del organismo al cual pertenezca o hubiere pertenecido el respectivo investigado y la sanción de suspensión será impuesta por el competente, conforme al trámite previsto en el régimen administrativo disciplinario del organismo al cual se encuentre o se hubiere encontrado vinculado el investigado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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