Micelio

Artículo 4

Ley 33 de 1876 · Que autoriza al Poder Ejecutivo para negociar la apertura de un canal de comunicacion entre el Atlántico i el Pacífico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se adjudicarán gratuitamente a los concesionarios 250,000 hectaras de tierras baldías, que serán adjudicadas directamente por el Poder Ejecutivo nacional. Las tierras baldías situadas en las costas marítimas, o a las orillas del canal o de los rios, se distribuirán en lotes alternados entre el Gobierno i los concesionarios. La mensura de ellos será costeada por los concesionarios, i en ella intervendrán comisionados del Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 33 de 1876