De los requisitos para la inscripción en la categoría de oficial. La persona que solicite la inscripción en el registro en la categoría de oficial debe acreditar los siguientes requisitos mínimos:
Cinco (5) años de educación primaria aprobados o su equivalente;
Cuatro (4) años consecutivos de trabajo en el oficio, dos (2) de los cuales en la categoría de aprendiz;
Estar vinculado en forma permanente a la actividad artesanal, en calidad de productor;
Tener capacidad para ejecutar obras completas conforme con los determinantes técnicos, de diseño y producción.
(Decreto 258 de 1987, artículo 14)