Micelio

Artículo 2

º

Decreto 2100 de 2003 · por el cual se suprimen unos cargos de la planta de personal del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, en Liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Transitorio. Supresión de cargos ocupados por servidores públicos que gozan de fuero sindical. A partir de la ejecutoria de la sentencia que autorice el levantamiento de fuero sindical o del término de este fuero contemplado en la ley o en los estatutos sociales quedarán automáticamente suprimidos, los cargos que se relacionan a continuación: Número de cargos Denominación del Cargo Código Grado PLANTA GLOBAL 3 Tres Profesional Especializado 3010 19 6 Seis Profesional Especializado 3010 17 21 Veintiuno Profesional Especializado 3010 16 9 Nueve Profesional Especializado 3010 15 6 Seis Profesional Universitario 3020 13 7 Siete Profesional Universitario 3020 10 1 Uno Técnico Administrativo 4065 17 12 Doce Técnico Administrativo 4065 16 17 Diecisiete Técnico Administrativo 4065 15 18 Dieciocho Técnico Administrativo 4065 14 15 Quince Técnico Administrativo 4065 12 68 Sesenta y ocho Técnico Operativo 4080 15 4 Cuatro Técnico Operativo 4080 14 16 Dieciséis Topógrafo Tecnólogo 4160 15 5 Cinco Tesorero 5015 23 3 Tres Secretario Ejecutivo 5040 23 6 Seis Secretario Ejecutivo 5040 21 10 Diez Auxiliar Administrativo 5120 15 10 Diez Auxiliar Administrativo 5120 13 5 Cinco Conductor Mecánico 5310 13 2 Dos Auxiliar de Servicios Generales 5335 19

Parágrafo

En defensa de la garantía constituida por el Fuero Sindical, los anteriores cargos se mantendrán temporalmente vigentes en la Planta de Personal, hasta el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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