Micelio

Artículo 7

Las Remesas Que Necesiten Hacer Al Exterior Las Compañías Mineras De Capital Extranjero Quedarán En Adelante Reguladas Por Lo Que Disponen Los Artículos 1° Y 3° Del Presente Decreto

Decreto 568 de 1946 · por el cual se dictan unas disposiciones sobre cambios internacionales, importaciones y exportaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las remesas que necesiten hacer al Exterior las compañías mineras de capital extranjero quedarán en adelante reguladas por lo que disponen los artículos 1° y 3° del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 568 de 1946