Micelio

Artículo 2

Ley 55 de 1881 · Que concede varios auxilios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2°. Quedan exoneradas del pago de derechos de importacion todas aquellas mercaderías que fueron destruidas por consecuencia del incendio mencionado y que estaban depositadas aún en los almacenes de la Aduana, como tambien las que se sacaron de éstos para su consumo en el puerto é internacion, siempre que tales mercancías se hubieren destruido en todo ó en parte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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