o . Requisitos y Obligaciones de los Proponentes. Los Proponentes podrán ser personas naturales o jurídicas, uniones temporales o consorcios. Cuando sean personas naturales nacionales o extranjeros, deberán ser arquitectos debidamente matriculados para ejercer la profesión en el país, y si son personas jurídicas, además del requisito para personas naturales que intervienen en el trabajo objeto del concurso y relacionado con el tema de la arquitectura, deberá la empresa tener dentro de sus estatutos el ejercicio de la labor que se solicita en el proceso de selección y tener dentro de su nómina de personal a arquitectos que cumplan con dicha función. Las siguientes son las obligaciones de los Proponentes
Adquirir las bases del concurso, y presentar su propuesta respetando los lineamientos expuestos en las mismas.
Cumplir con los requerimientos de fecha, hora, lugar y forma de presentación de la propuesta.
Hacer las modificaciones que le sean recomendadas por el Jurado Calificador cuando el proceso de selección sea a dos rondas y al final del proceso para el que ocupó el primer puesto o el segundo y tercero, en el evento en que el primero no firme el contrato de consultoría en concordancia con el numeral 11 del artículo 4 del presente Decreto.
Acatar el concepto y las observaciones del Jurado Calificador.