° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto .vigente: DEL MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS Capítulo 63 Del artículo 912. Para sueldos del personal de ésta Sección (Séptima-Minas y Salinas), en el año $ 7.960.00 Suman los contracréditos. $ 7.960.00 AL MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS Capítulo 59. Al artículo 886. Para sueldos del personal de esta Sección (Tercera-Servicio Técnico de Petróleos), en el año $ 2.560.00 AL MINISTERIO DE OBRAS PUBLISAS Capítulo 96. Al artículo 1791. Para terminar la construcción del edificio para "el Laboratorio Químico Nacional 5.400.00 Suman los créditos. $ 7.960.00
Decreto 1778 de 1945 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto
Decreto 1778 de 1945 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.