Micelio

Artículo 4

Decreto 18700724 de 1870 · adicional al de 6 de junio de 1868, dado en ejecución de la ley de 6 de mayo i su reformatoria de 2 de junio del mismo año, sobre pensiones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4.° Todo poder para percibir pensiones o capitalizarlas, se presentará desde el próximo mes de agosto en adelante, a la Secretaría que haya espedido el título o las letras de concesion, para saber si está en debida forma i si corresponde con las dilijencias descritas en los libros respectivos. Del resultado que dé el exámen de éstos se pondrá una nota al pié del poder, devolviéndose éste al que lo haya presentado para que pueda o no, segun el caso, hacer uso de él. Queda así adicionado el decreto de 6 de junio de 1868, dado en ejecucion de la lei de 6 de mayo i su reformatoria de 2 de junio del mismo año, sobre pensiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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