Articulo 11 . La información que deba suministrarse en los anexos, así como las pruebas y certificados, deberán acompañarse al formulario dentro del plazo legal para declarar, o dentro del mes siguiente al vencimiento de dicho plazo. Cuando esta información se presente con posterioridad al vencimiento del plazo legal para declarar y modifique los datos consignados en el formulario deberá simultáneamente acompañarse un nuevo formulario completamente diligenciado que reemplazara la totalidad de la información suministrada en el formulario anterior.
Decreto 1023 de 1983 →Vigente
Artículo 11
Decreto 1023 de 1983 · Por el cual se dictan disposiciones reglamentarias en materia de declaración de renta y patrimonio por el año gravable de 1982
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.