º . Modificar el
del artículo 1º del Decreto 1906 de 1995, el cual quedará así:
La colección está conformada en la actualidad por treinta y tres mil ciento cincuenta y seis (33.156) piezas, registradas en el Instituto Colombiano de Antropología, ICAN. Por tanto, las piezas que en el futuro adquiera el Museo de Oro del Banco de la República, ingresarán a la colección una vez se realice el correspondiente registro en el Instituto Colombiano de Antropología, ICAN. No podrán ser trasladados de la sede del Museo de Oro, temporal ni definitivamente sin la previa autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, cuando el traslado sea fuera del país".
Artículo 1 DECRETO 1906 de 1995