Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1417 de 1996 · Por el cual se modifica el paragrafo del articulo 1 del Decreto 1906 de 1995

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Modificar el

Parágrafo

del artículo 1º del Decreto 1906 de 1995, el cual quedará así:

Parágrafo

La colección está conformada en la actualidad por treinta y tres mil ciento cincuenta y seis (33.156) piezas, registradas en el Instituto Colombiano de Antropología, ICAN. Por tanto, las piezas que en el futuro adquiera el Museo de Oro del Banco de la República, ingresarán a la colección una vez se realice el correspondiente registro en el Instituto Colombiano de Antropología, ICAN. No podrán ser trasladados de la sede del Museo de Oro, temporal ni definitivamente sin la previa autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, cuando el traslado sea fuera del país".

Parágrafo

Artículo 1 DECRETO 1906 de 1995

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1417 de 1996