Micelio

Artículo 20

Para El Mejor Desempeño De Las Funciones Que Se Le Señalan En El Presente Decreto, El Consejo Podrá Solicitar Los Estudios Sobre Materias Que Estime Conveniente, Pedir Conceptos De Otras Entidades Públicas O Privadas E Invitar Expertos Para Que Dictaminen Sobre Asuntos Propios De Su Especialidad

Decreto 1004 de 1974 · Por el cual se reglamenta la Ley 56 de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para el mejor desempeño de las funciones que se le señalan en el presente Decreto, el Consejo podrá solicitar los estudios sobre materias que estime conveniente, pedir conceptos de otras entidades públicas o privadas e invitar expertos para que dictaminen sobre asuntos propios de su especialidad. Igualmente las Cajas podrán ser oídas por el Consejo para la explicación de sus programas de acción social o para la exposición de cuestiones sobre las cuales deba pronunciarse el Consejo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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