Micelio

Artículo 8

Delegado Responsable

Ley 1270 de 2009 · por la cual se crea la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En todos los clubes de fútbol profesional se deberá designar un delegado responsable de la seguridad, comodidad y convivencia en el espectáculo de fútbol, el cual deberá atender todas las instrucciones que sobre la materia le sean impartidas por las respectivas comisiones establecidas en esta ley. Así mismo, propenderá por el buen comportamiento de jugadores, directivos y cuerpo técnico para que no se conviertan en generadores de violencia.

El delegado deberá rendir informe ordinario anual de sus funciones y actividades a la respectiva comisión local. Por lo demás, cuando así se requiera, se podrá solicitar informes extraordinarios de su gestión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1270 de 2009