Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias, en especial los artículos 20o. inciso tercero y 23o. del decreto 692 de 1994; los artículos 1°, 2° y 7o. del decreto 1161 de 1994; los artículos 26° inciso segundo, 36°, 37° inciso tercero y 40° del decreto 1919 de 1994; artículo 5º del decreto 695 de 1994; y los artículos 14º, 18º, 19º, inciso primero y literal g. del inciso segundo, y 20º del decreto 1772 de 1994.
Decreto 326 de 1996 →Vigente
Artículo 56
Decreto 326 de 1996 · por el cual se organiza el Régimen de Recaudación de Aportes para el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.