°. La inscripción dé patronos y trabajadores sólo podrá hacerse en los formularios que para tal efecto suministre el Instituto Colombiano de Seguros Sociales en sus oficinas o por conducto de sus Inspectores.
Decreto 722 de 1949 →Vigente
Artículo 3
La Inscripción Dé Patronos Y Trabajadores Sólo Podrá Hacerse En Los Formularios Que Para Tal Efecto Suministre El Instituto Colombiano De Seguros Sociales En Sus Oficinas O Por Conducto De Sus Inspectores
Decreto 722 de 1949 · Por el cual se aprueba el Reglamento de Inscripciones del Primer Contingente de Afiliados al Seguro Social Obligatorio de Enfermedad-Maternidad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.