Micelio

Artículo 29

No Serán Admitidos Como Asistentes Jóvenes De Más De Diez Y Seis Años, Salvo Circunstancias Muy Especiales

Decreto 452 de 1910 · Po el cual se reglamenta la Escuela Nacional de Comercio

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

No serán admitidos como asistentes jóvenes de más de diez y seis años, salvo circunstancias muy especiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 452 de 1910