Micelio

Artículo 147

Trámites Electrónicos De Las Cámaras De Comercio A Través De La Ventanilla Única Empresarial

Decreto 2106 de 2019 · por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Trámites electrónicos de las Cámaras de Comercio a través de la Ventanilla Única Empresarial . Las Cámaras de Comercio deberán garantizar que los trámites, procesos, procedimientos y/o servicios asociados a la actividad empresarial se integren, incorporen y/o interoperen con la Ventanilla Única Empresarial (VUE), que deberá integrarse a la sede electrónica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con el apoyo de las Cámaras de Comercio, elaborará los planes de implementación y cobertura para garantizar la integración, incorporación e interoperabilidad progresiva de los trámites de los que trata el presente artículo a la Ventanilla Única Empresarial (VUE). Dichos trámites deberán seguir los lineamientos que establezca el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en el marco de la estrategia de Transformación Digital.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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