Ley 41 de 1911 · Por la cual se declara vía nacional el camino de Las Papas y se decreta la reparación de otro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Declárase camino nacional y obra de utilidad pública el que debe unir las poblaciones del sur del Departamento del Huila con las Provincias meridionales de la República y que se conoce con el nombre de camino de Las Papas .
En consecuencia, la expresada vía queda a cargo del Tesoro Nacional, y el Gobierno procederá a la ejecución de las obras necesarias para la terminación de ella tan pronto como sea sancionada la presente Ley.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.