Micelio

Artículo 3

Las Antigüedades Naufragas A Que Se Refiere Este Decreto Son Las Que Se Hallen En El Mar Territoritorial Definido En Los Artículos 3º Y 4º De La Ley 10 De 1978, En La Plataforma Continental, Identificada En El Articulo 1º De Ley 9º De 1961 Y En La Zona Económica Exclusiva A Que Se Refieren Los Artículos 7º Y 8º De La Ley 10 De 1978

Decreto 12 de 1984 · Por el cual se reglamentan los artículos 710 del Código Civil y 110 y 111 del Decreto extraordinario 2349 de 1971 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 3º Las antigüedades naufragas a que se refiere este Decreto son las que se hallen en el Mar Territoritorial definido en los artículos 3º y 4º de la Ley 10 de 1978, en la Plataforma Continental, identificada en el articulo 1º de Ley 9º de 1961 y en la Zona Económica Exclusiva a que se refieren los artículos 7º y 8º de la Ley 10 de 1978.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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