º . Determinación de áreas de distribución. El Ministerio de Minas y Energía determinará las Areas de Distribución, una vez la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, defina la nueva metodología de remuneración de la actividad de distribución incluyendo las fórmulas de cálculo de los cargos únicos por niveles de tensión y fije el procedimiento de distribución de los ingresos provenientes del recaudo del cargo único de los OR que operan en dichas áreas y determine para los operadores de red los cargos por uso.
Mientras no se determinen las nuevas Areas de Distribución, no se iniciarán unificaciones de cargos distintas a las ya iniciadas a la fecha de expedición de este decreto.