°. Los subsidios familiares de vivienda otorgados por el Fondo Nacional de Vivienda en la modalidad de adquisición de vivienda nueva, con cargo a los recursos de la Bolsa Ordinaria, que a la fecha de expedición del presente Decreto se encuentren vigentes y no cobrados y que no estén vinculados a procesos de compraventa de inmuebles a través de la correspondiente promesa de compraventa, podrán ser aplicados dentro de su vigencia para la adquisición de vivienda usada, en el tipo de vivienda al cual se postuló en el respectivo departamento, previa verificación por parte de la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda, de la información sobre la falta de oferta de vivienda nueva en el municipio o distrito donde será aplicado el subsidio.
Artículo 2
Los Subsidios Familiares De Vivienda Otorgados Por El Fondo Nacional De Vivienda En La Modalidad De Adquisición De Vivienda Nueva, Con Cargo A Los Recursos De La Bolsa Ordinaria, Que A La Fecha De Expedición Del Presente Decreto Se Encuentren Vigentes Y No Cobrados Y Que No Estén Vinculados A Procesos De Compraventa De Inmuebles A Través De La Correspondiente Promesa De Compraventa, Podrán Ser Aplicados Dentro De Su Vigencia Para La Adquisición De Vivienda Usada, En El Tipo De Vivienda Al Cual Se Postuló En El Respectivo Departamento, Previa Verificación Por Parte De La Dirección Ejecutiva Del Fondo Nacional De Vivienda, De La Información Sobre La Falta De Oferta De Vivienda Nueva En El Municipio O Distrito Donde Será Aplicado El Subsidio
Decreto 4000 de 2007 · por medio del cual se establece la modalidad de vivienda usada para la aplicación del subsidio familiar de vivienda otorgado a través de la Bolsa Ordinaria en la modalidad de adquisición de vivienda nueva.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
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