Micelio

Artículo 1

Adoptar Una Medida De Salvaguardia En La Forma De Un Gravamen Arancelario Adicional De 11 Puntos Porcentuales, A Las Importaciones De Láminas Onduladas Clasificadas Por La Subpartida 7210

Decreto 1537 de 2015 · por el cual se adopta una medida de salvaguardia para las importaciones de láminas onduladas clasificadas por la subpartida 7210.41.00.00 y láminas aleadas, clasificadas por la subpartida 7225.92.00.90 del Arancel de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adoptar una medida de salvaguardia en la forma de un gravamen arancelario adicional de 11 puntos porcentuales, a las importaciones de láminas onduladas clasificadas por la subpartida 7210.41.00.00 y de 16 puntos porcentuales a las importaciones de láminas aleadas, clasificadas por la subpartida 7225.92 .00.90 del Arancel de Aduanas.

Parágrafo

Excluir de la aplicación de la medida de salvaguardia establecida en el presente artículo a las importaciones originarias de países con los cuales Colombia haya celebrado un Acuerdo de Libre Comercio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 1407 de 1999.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1537 de 2015