Articulo 1° Hácense los siguientes, traslados en el Presupuesto vigente: DEL MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL Capitulo 51. Del artículo 686. Para instalación, reparación, compra de repuestos de maquinaria agricola y conservación de los equipos de cada uno de los ingenieros agrónomos encargados de las campañas agrícolas y de sanidad, vegetal en las distintas regiones del país, asi como para la compra de combustibles, lubricantes, animales de labor y aperos pago de tranportes, instalación y dotación de talleres de maquinaria, adquisición de solares, construcción de locales y arrendamiento de locales para oficinas y depósitos $ 32.000.00 Del articulo 696. Para compra de elementos y maquinaría agrícola (campañas de trigo y otros cereales) 20.000.00 Del artículo 698. Para compra de eiemenlos y maquinaria agrícola (campaña de papa) 30.000.00 Del artículo 700.Para compra de elementos y maquinaria agrícola (campaña de arroz) 50.000.00 Del articulo 702. Para compra de elementos y maquinaria agrícola (campana de cacao) 50.000.00 Del artículo 704. Para compra de elementos y maquinaria agrícola (campaña de azúcar) 20.000.00 Del articulo 706. Para compra de elementos y maquinaria agrícola (campaña de algodón) 50.000.00 Del articulo 712. Para el pago de prácticos, peones y demás personal que trabaja a jornal (campaña de sanidad vegetal) 55.020.00 Del articulo 713. Para compra d e maquinaria, insecticidas, fungicidas, conservación y trasnportes de estos elementos (campaña de sanidad vegetal) 100.000.00 Suman los contracréditos $ 407.020.00 AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Capitulo 22. Al articulo 203A. Para pagar por una «ola vez,.a la Comisión Interina de las Naciones Unidas sobre alimentos y agricultura, de conformidad con lo resuelto en la Conferencia de Hots-Springs, la suma de US$ 3.000 $ 5.528.25 AL MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL Capítulo 50. Al articulo 682. Para gastos extraordinarios e imprevistos 6.471.75 Capítulo 51. Al artículo 683. Para atender al pago de los sueldos del personal del Departamento Nacional de Agricultura, incluyendo Dirección, Secciones y Campañas, en el año 177.910.00 Al articulo 693. Para el fomento, intensificación y defensa de cultivos en las Intendencias y Comisarias 20.000.00 Al articulo 694. Para los gastos generales que demanden los servicios de urgencia inmediata en las distintas zonas del país a cargo de los ingenieros astrónomos de campaña agrícolas y de sanidad vegetal 20.00.00 Al artículo 715. Para sueldos del personal, en el año (Estación Agrícola Experimental de Palmira) 8.280.00 Al artículo 718. Para sueldos del personal, en el año. (Estación Agrícola Experimental de Armero) 8.310.00 Al artículo 720. Para sueldos delpersonal de la Estación (Agrícola Experimental de Sevilla Magdalena) en el año 5.800.00 Al articulo 722. Para sueldos del personal, en el año (Estación Agricola Experimental de Clima Medio, Medellin) 14.670.00 Al artículo 724. Para sueldos del personal, en el año (Estación Agricola Experimental de La Picota) 5.060.00 Al artículo 727. Para sueldos del personal, en el año (Granja Agrícola de Tabio-Central de Papa) 3.900.00 Al artículo 729. Para sueldos del personal, en el año (Subestación Arrocera de Mompós) 5.960.00 Al artículo 731. Para sueldos del personal, en el año (Granja de Frutales de Villa María) 2.450.00 Al artículo 733. Para sueldos deJ personal en el año (Granja de Frutales deChía) 5.520.00 Al articulo 735-A. Para sueldos del personal de la Estación Experimental de Urabá 16.960.00 Al articulo 735-B. Para jornales, compra de herramientas, maquinaria, sostenimiento de laboratorios, compra de terrenos, conservación y terminación de edificios, transportes, compra de semillas, insecticidas, fungicidas, útiles de escritorio, pagos de servicios, combustibles, lubricantes, accidentes de trabajo, cesantías, pago de vacaciones del personal que trabaja a jornal, multiplicación de sémillas seleccionadas y demás gastos que ocasione la administración y sostenimiento de la Estación Experimental de Urabá 20.000.00 Al artículo 735-C. Para sueldos del personal de la Subestación Tabacalera del Departamentó de Bolívar 10.200.00 Al artículo 735D. Para jornales, compra de. herramientas, maquinaria, sostenimiento de laboratorio, compra de terrenos, conservación y terminación de edificios, transportes, compra de semillas, insecticidas, fungicidas, útiles de escritorio, pagó de servicios, combustibles, lubricantes, accidentes de trabajo, cesantía, pago de vacaciones del personal que trabaja a jornal, multiplicación de semillas seleccionadas y demás gastos que ocasione la administración y sostenimiento de la Subestación Tabacalera del Departamento de Bolívar 20.000.00 Al articulo 735-E. Para sueldos, jornales, compra de terrenos, construcciones y demás gastos de las estaciones, .subestaciones y granjas que se establezcan en desarrollo con el Plan Quinquenal de Fomento Agrícola (Ley 5ª de 1945) 50.000.00 Suman los créditos $ 407.020.00
Decreto 960 de 1945 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes, Traslados En El Presupuesto Vigente: Del Ministerio De La Economia Nacional Capitulo 51
Decreto 960 de 1945 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Relaciones Exteriores y Economía Nacional)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.