Micelio

Artículo 12

Los Intereses De Los Préstamos Serán Cubiertos Por Las Cooperativas Deudoras Por Trimestres Anticipados

Decreto 458 de 1942 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Cooperativo Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los intereses de los préstamos serán cubiertos por las cooperativas deudoras por trimestres anticipados. Los intereses del primer trimestre, los gastos de registro y demás indispensables para el perfeccionamiento de la operación, serán descontados previamente a la entrega de los fondos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 458 de 1942