ARTICULO 5o. A partir del 1o. de enero de 1993, la remuneración mensual del Secretario General y Procurador Auxiliar de la Procuraduría General de la Nación y del Secretario General de la Defensoría del Pueblo, será de DOS MILLONES CINCUENTA MIL DOSCIENTOS PESOS ($2.050.200), discriminados así: asignación básica QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS PESOS ($569.500); gastos de representación QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS PESOS ($569.500); prima técnica QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS PESOS ($569.500) y prima especial TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS PESOS ($341.700).
Decreto 54 de 1993 →Vigente
Artículo 5
O
Decreto 54 de 1993 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.