Las entidades procederán a constituir la relación de cuentas por pagar (reservas de caja), con los dineros situados a los empleados de manejo, para atender las obligaciones que se encuentren debidamente registrados como compromisos en la contabilidad presupuestal del respectivo establecimiento público, siempre y cuando el suministro de bienes o la prestación de los servicios, se hubiere efectuado antes del 31 de diciembre de 1980.
Artículo 24
Las Entidades Procederán A Constituir La Relación De Cuentas Por Pagar (Reservas De Caja), Con Los Dineros Situados A Los Empleados De Manejo, Para Atender Las Obligaciones Que Se Encuentren Debidamente Registrados Como Compromisos En La Contabilidad Presupuestal Del Respectivo Establecimiento Público, Siempre Y Cuando El Suministro De Bienes O La Prestación De Los Servicios, Se Hubiere Efectuado Antes Del 31 De Diciembre De 1980
Decreto 3454 de 1980 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1981
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.