Micelio

Artículo 24

Las Entidades Procederán A Constituir La Relación De Cuentas Por Pagar (Reservas De Caja), Con Los Dineros Situados A Los Empleados De Manejo, Para Atender Las Obligaciones Que Se Encuentren Debidamente Registrados Como Compromisos En La Contabilidad Presupuestal Del Respectivo Establecimiento Público, Siempre Y Cuando El Suministro De Bienes O La Prestación De Los Servicios, Se Hubiere Efectuado Antes Del 31 De Diciembre De 1980

Decreto 3454 de 1980 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1981

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las entidades procederán a constituir la relación de cuentas por pagar (reservas de caja), con los dineros situados a los empleados de manejo, para atender las obligaciones que se encuentren debidamente registrados como compromisos en la contabilidad presupuestal del respectivo establecimiento público, siempre y cuando el suministro de bienes o la prestación de los servicios, se hubiere efectuado antes del 31 de diciembre de 1980.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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