Cursos y exámenes para ascenso de suboficiales . De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57 del Decreto 612 de 1977, para ingresar al escalafón de suboficiales y ascender dentro de él, los interesados deben adelantar cursos de formación y capacitación, o presentar exámenes de competencia profesional, en base a programas y directivas preparados por los Comandos de Fuerza y aprobados por el Comando General, los cuales deben contemplar, por lo menos los siguientes cursos
De "Formación Profesional", para quienes aspiren a ingresar a las Fuerzas Militares como Cabos Segundos, Marineros o Suboficiales Técnicos Cuartos.
De "Capacitación Inmediata", como requisito para ascenso al grado de Sargento Segundo, Suboficial Segundo o Suboficial Técnico Segundo.
De "Capacitación Avanzada", como requisito para ascenso al grado de Sargento Primero, Suboficial Jefe o Suboficial Técnico Subjefe. Para el ascenso a los demás grados de la carrera del suboficial, los aspirantes se someterán a los exámenes de competencia o a los cursos especiales que los comandos de Fuerza, con la aprobación del Comando General, consideren apropiados para satisfacer las necesidades de capacitación y tecnificación del respectivo cuerpo de suboficiales.
El curso de "Capacitación Avanzada" a que se refiere el literal "c" de este Artículo, no se exigirá a los Sargentos Viceprimeros o sus equivalentes en la Armada y la Fuerza Aérea que en el grado inmediatamente inferior hubiesen adelantado el Curso "Avanzado de Capacitación" establecido en el numeral 3 del Artículo 47 del Decreto 654 de 1975. Dichos suboficiales, para ascender al grado de Sargento Primero o sus equivalentes, presentarán exámenes de competencia sobre las materias determinadas por los Comandos de Fuerza en las correspondientes Directivas de Instrucción.