Micelio

Artículo 3

La Economista Esperanza Ibáñéz De Rojas, Queda Obligada Por Medio De Un Contrato Y De Conformidad Con Las Normas Legales Vigentes A Prestar Sus Servicios Al Gobierno Nacional, Una Vez Regrese Al País, En El Cargo De Que Es Titular O En Otro De Igual O Superior Categoría, Por Un Tiempo Igual Al Doble De La Comisión Que Se Confiere Por Medio Del Presente Decreto

Decreto 312 de 1977 · Por el cual se confiere una comisión de estudios en el exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Economista Esperanza Ibáñéz de Rojas, queda obligada por medio de un contrato y de conformidad con las normas legales vigentes a prestar sus servicios al Gobierno Nacional, una vez regrese al país, en el cargo de que es titular o en otro de igual o superior categoría, por un tiempo igual al doble de la comisión que se confiere por medio del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 312 de 1977