El lugar de residencia del Comisario Judicial especial será el caserío de Florencia, cabecera del Corregimiento de Orteguasa; pero dicho empleado deberá trasladarse á cualquier punto del territorio de su jurisdicción, cuando así lo exija el desempeño de sus funciones.
Ley 24 de 1910 →Vigente
Artículo 3
Ley 24 de 1910 · Por la cual se crea una Comisaría Judicial especial en el Territorio del Caquetá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.