La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Ley 1099 de 2006 →Vigente
Artículo 4
Ley 1099 de 2006 · por medio de la cual se prorroga la vigencia del Artículo 81 de la Ley 633 de 2000, se dictan disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.