º . Informes periódicos. A partir del primero (1º) de enero de 2001, Ecopetrol deberá enviar al Ministerio de Minas y Energía la siguiente información
Balance General, Estado de Resultados y Estado de cambios en el patrimonio, acompañados del informe del auditor externo, con cortes a cada trimestre calendario, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a cada trimestre;
A partir del primer trimestre del año 2001, se deberán elaborar y presentar dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a cada trimestre, en forma separada los informes de gestión, incluyendo informes de creación de valor de cada una de sus áreas de negocios, entre ellas, exploración, producción, transporte, refinación y comercialización. Además se deberá indicar por separado el efecto de las políticas del Gobierno en asuntos tales como subsidios, contratos BOMT'S, etc., así como también o tros efectos exógenos a la gestión. Estos informes serán estructurados con la metodología de administración basada en el valor, con cortes en las fechas señaladas en el literal anterior.