Micelio

Artículo 6

Decreto 2625 de 2000 · por el cual se deroga el Decreto 2154 del 4 de noviembre de 1999 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Informes periódicos. A partir del primero (1º) de enero de 2001, Ecopetrol deberá enviar al Ministerio de Minas y Energía la siguiente información

a)

Balance General, Estado de Resultados y Estado de cambios en el patrimonio, acompañados del informe del auditor externo, con cortes a cada trimestre calendario, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a cada trimestre;

b)

A partir del primer trimestre del año 2001, se deberán elaborar y presentar dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a cada trimestre, en forma separada los informes de gestión, incluyendo informes de creación de valor de cada una de sus áreas de negocios, entre ellas, exploración, producción, transporte, refinación y comercialización. Además se deberá indicar por separado el efecto de las políticas del Gobierno en asuntos tales como subsidios, contratos BOMT'S, etc., así como también o tros efectos exógenos a la gestión. Estos informes serán estructurados con la metodología de administración basada en el valor, con cortes en las fechas señaladas en el literal anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2625 de 2000