De la calificación de las fallas. Para efectos de la sanción, las faltas se califican en graves o leves y se aplicarán de acuerdo con la naturaleza y efectos de la falta, las circunstancias en que se, cometió, los motivos que condujeron a su autor a cometerla y los antecedentes personales del infractor
Decreto 1468 de 1979 →Vigente
Artículo 134
De La Calificación De Las Fallas
Decreto 1468 de 1979 · Por el cual se reglamenta el decreto 694 de 1975
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.