Son funciones de la Sección de Relaciones Individuales de Trabajo del Campesino:
a) Desarrollar los procedimientos para la solución, por vía conciliatoria, de los conflictos de carácter individual que se presenten entre empleadores y trabajadores en el sector campesino, como consecuencia de la naturaleza, modalidades, relaciones, efectos o ejecución del contrato de trabajo;
b) Preparar proyectos de material instructivo sobre temas laborales propios de la Sección, y
c) Despachar los asuntos que los empleadores y trabajadores le sometan, en cumplimiento de disposiciones legales en materia de relaciones individuales de trabajo del campesino.