De la remuneración La asignación, básica mensual, los gastos de representación y los viáticos correspondientes a los empleos de esta planta, se regirán parto dispuesto en el Decreto, ley 1313 de 1978, las normas regla mentarías y las demás posiciones que las adicionen o modifiquen. Los demás elementos de la remuneración se regirán por lo dispuesto en el Decreto 1852 de 1977 para los funcionarios de la seguridad social, y por las disposiciones legales y las convenciones colectivas pasa les trabajadores oficiales.
Decreto 328 de 1980 →Vigente
Artículo 16
De La Remuneración La Asignación, Básica Mensual, Los Gastos De Representación Y Los Viáticos Correspondientes A Los Empleos De Esta Planta, Se Regirán Parto Dispuesto En El Decreto, Ley 1313 De 1978, Las Normas Regla Mentarías Y Las Demás Posiciones Que Las Adicionen O Modifiquen
Decreto 328 de 1980 · Por la cual se aprueba el acuerdo de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.