Art 103. Aunque la Aduana no reciba el ejemplar del sobordo que deba remitir el Ajente consular, se procederá al reconocimiento del cargamento si los introductores hubieren presentado en debida forma la factura certificada i los respectivos manifiestos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.