El Comité de Coordinación Ejecutiva cumplirá las siguientes funciones
Analizar y recomendar al Consejo Asesor de la Política Agropecuaria los programas de desarrollo agropecuario y para el aprovechamiento racional de los recursos naturales renovables.
Evaluar la ejecución de los programas adoptados en materia agropecuaria y de recursos naturales renovables.
Revisar los asuntos que, de conformidad con la ley, deben someterse al concepto del Consejo Asesor de la Política Agropecuaria, y proponer las recomendaciones que considere del caso.
Recomendar sistemas de coordinación e integración entre los distintos organismos del sector.
Recibir información acerca de los actos y convenios de las entidades del sector que impliquen endeudamiento externo.
Estudiar los programas que anualmente recomienden los Comités Nacionales y adoptar las decisiones del caso.
Revisar los programas de crédito y servicio de los organismos del sector, con miras a su integración, coordinación y evaluación dentro de los programas generales.
Estudiar los proyectos de presupuesto de los organismos del sector.
Recomendar los criterios generales que en materia salarial y de prestaciones sociales deban tener en cuenta los Gerentes o Directores de las entidades, adscritas o vinculadas al Ministerio.
Coordinar y aprobar los programas de divulgación de las distintas entidades del sector.
Promover la unificación de procedimientos y sistemas de administración y organización general.
Conocer periódicamente el estado financiero y económico de cada entidad.
Aprobar la distribución de los recursos del Fondo de Fomento Agropecuario de conformidad con los planes que anualmente presente el Ministerio de Agricultura.
Aprobar los planes y programas de cooperación y de asistencia técnica extranjera que reciban los organismos del sector.
Dar concepto sobre la calificación de área nueva a que se refiere el Decreto 1368 de 1974 y fijar los plazos de ejecución de los programas de inversión propuestos.
Coordinar e integrar los servicios agropecuarios a nivel regional a través de unidades de acción rural que los concentre localmente y unifique las relaciones con los usuarios de conformidad con la reglamentación que dicte el Ministerio de Agricultura.
Elaborar su propio reglamento.