Micelio

Artículo 1

El Juzgado Promiscuo Del Circuito De Belén De Umbría, De Que Trata La Ley 26 De 1944, Funcionará Con El Personal Señalado Para Esta Clase De Juzgados Por El Artículo 53 Del Decreto-Ley 1714 De 1936 Y Con Las Siguientes Asignaciones Mensuales: Un Juez $ 280

Decreto 2181 de 1945 · Por el cual se reglamenta el artículo 1º de la Ley 26 de 1944

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Juzgado Promiscuo del Circuito de Belén de Umbría, de que trata la Ley 26 de 1944, funcionará con el personal señalado para esta clase de Juzgados por el artículo 53 del Decreto-ley 1714 de 1936 y con las siguientes asignaciones mensuales: Un Juez $ 280.00 Un Secretario 189.00 Un Oficial Mayor 147.00 Un Portero Escribiente 105.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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