Micelio

Artículo 13

Inhabilidades

Decreto 481 de 1977 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Zona Franca Industrial y Comercial de Santa Marta, adoptados por el Acuerdo número 3-Bis de abril 9 de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Inhabilidades. Los Miembros de la Junta Directiva no podrán tener entre sí, ni con el Gerente parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, el segundo de afinidad o primero civil. Con posterioridad a la designación y mientras ejerzan el cargo, ni los Miembros de la Junta Directiva ni los parientes de éstos o del Gerente dentro de los grados mencionados podrán ser nombrados para ejercer empleos o comisiones remuneradas dentro de la Zona Franca, salvo en cuanto a los primeros se refiere, el desempeño de comisiones temporales fuera de la Sede de la Zona Franca cuando esto pareciere indispensable. A dichas personas les serán aplicables las normas sobre inhabilidades contenidas en las leyes vigentes sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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