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Artículo 1

Hacer Las Siguientes Aclaraciones Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De-1969: Presupuesto De Funcionamiento

Decreto 1973 de 1969 · Por el cual se hacen unas aclaraciones al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hacer las siguientes aclaraciones al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de-1969: Presupuesto de Funcionamiento. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 231 Gabinete. Programa 253. Atención médica. Subprograma 4. Sostenimiento de Instituciones de Asistencia Social. Transferencias: 203, 336, 412. Artículo 2408. Aportes para sostenimiento de instituciones de asistencia social en el Departamento de Cundinamarca y D. E., de Bogotá. Ordinal 58. La leyenda correcta es: Fundación pro Unidades de Cirugía Plástica y Quemaduras "Cecilia de la Fuente de Lleras", D .E. de Bogotá, en vez de: Instituto Nacional del Niño Quemado Cecilia de la Fuente de Lleras, D. E., de Bogotá. MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 282 Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa 327. Aportes del Estado para el fomento de la educación y la cultura. Subprograma 2. Aportes para sostenimiento de planteles de educación media. 203, 313, 412. Artículo 3216. Aportes del Estado para funcionamiento de establecimientos de educación media en el Departamento de Boyacá. Ordinal 55. La leyenda correcta es: Colegio Departamental Femenino de Bachillerato, de Guateque, en vez de: Colegio de La Presentación, de Guateque. 203, 313, 412. Artículo 3218. Aportes del Estado para funcionamiento de establecimientos de educación media en el Departamento del Cauca. Ordinal 34. La leyenda correcta es: Instituto Comercial del Cauca, Corinto, en vez de: Funcionamiento y dotación del Colegio de Bachillerato de Varones, Corinto. 203, 313, 412. Artículo 3221. Aportes del Estado para funcionamiento de establecimientos de educación media en el Departamento de Cundinamarca. Ordinal 219. La leyenda correcta es: Liceo Santa Clara (calle 22 Sur número 18-51, Barrio Olaya Herrera), de Bogotá, en vez de Liceo Santa Clara, de Bogotá. 203, 313, 412. Artículo 3223. Aportes del Estado para funcionamiento de establecimientos de educación media en el Departamento de la Guajira. Ordinal 3. La leyenda correcta es: Instituto "Nicolás de Federmán", Municipio de Riohacha, en vez de: Escuela "Federaran", Municipio de Riohacha. Presupuesto de Inversión. MINISTERIO DE GOBIERNO Programa 533. Auxilios para obras por acción comunal. Subprograma

1.

Fomento Educativo y Cultural. 609, 319. Artículo 5168. Para entregar a los Tesoreros Municipales, por conducto del Administrador Regional de Impuestos Nacionales de Riohacha, para Fomento Educativo y Cultural en el Departamento de la Guajira. Proyecto

2.

La leyenda correcta es: al Municipio de Villanueva, con destino a la Junta de Acción Comunal de Urumita, para la construcción del edificio del Colegio de Bachillerato Femenino "José María de Alfara", en la población de Urumita, en vez de: al Municipio de Villanueva, con destino a la Junta de Acción Comunal Central, para la construcción del edificio del Colegio de Bachillerato Femenino "José María de Alfara", en la población de Urumita. Subprograma 5. Obras varias. 615, 443. Artículo 5270. Para entregar a los Tesoreros Municipales, por conducto del Administrador de Impuestos Nacionales de Tunja, con destino a obras varias en el Departamento de Boyacá. Proyecto 42. La leyenda correcta es: al Municipio de Ventaquemada, para la Junta de Acción Comunal de la vereda "El Carmen", con destino a obras varias, en vez de: al Municipio de Ventaquemada, por la Junta de Acción Comunal, con destino a obras varias. 615, 443. Artículo 5288. Para entregar a los Tesoreros Municipales por conducto del Administrador de Impuestos Nacionales de Ibagué, con destino a obras varias en el Departamento del Tolima. Proyecto 422. La leyenda correcta es: Junta de Acción Comunal con destino a la Parroquia de Villahermosa, en vez de: Junta de Acción Comunal Parroquial de Villahermosa. Proyecto 424. La leyenda correcta es: Junta de Acción Comunal con destino a la Parroquia de Villahermosa, para el Taller Infantil, en vez de: Junta de Acción Comunal Parroquial de Villahermosa, con destino al Taller Infantil. MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 575 Ministerio de Educación Nacional. Programa 708. Aportes del Estado para el fomento de la educación y la cultura. Subprograma 1. Construcción, reconstrucción, dotación, terminación y mejoras para escuelas de enseñanza elemental. 609, 312. Artículo 6159. Aportes para obras de construcción, reconstrucción, ampliación y dotación de establecimientos de enseñanza elemental en el Departamento de Nariño. Proyecto 4. La leyenda correcta es: para reconstrucción de la Escuela de Ricaurte, Municipio de Julio Plazas, en vez de: para reconstrucción de la Escuela de Julio Plazas, Municipio de Ricaurte. Subprograma 5. Construcción de obras varias. 609, 319. Artículo 6205. Aportes para la construcción, ampliación y reparación de obras varias en la Comisaría Especial del Putumayo. La leyenda correcta es: veinte (20) becas para estudiantes de profesiones universitarias y para adjudicarlas a jóvenes del Putumayo, cuya distribución reglamentará el Ministerio de Educación Nacional, Sección de Becas, a razón de cuatrocientos pesos ($ 400.00) cada uno, en vez de: veinte (20) becas para estudiantes de profesiones universitarias y para adjudicarlas a bachilleres titulados en el Putumayo, cuya distribución reglamentará el Ministerio de Educación Nacional, Sección de Becas, a razón de cuatrocientos pesos ($ 400.00) cada uno. MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 591 Ministerio de Obras Públicas. Programa 768. Estudios, construcción y reconstrucción de caminos vecinales. 584, 264. Artículo 6387. Para estudios, construcción y reconstrucción de caminos vecinales en el Departamento de la Guajira. Proyecto

3.

La leyenda correcta es: Tomarrazón, Cascajalito, Caracolí, en vez de: Cascajalito-Caracolí.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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