Micelio

Artículo 5

º

Decreto 3594 de 1982 · Por el cual se reglamentan los literales h) y m) del artículo 2° del Decreto-ley 129 de 1976.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Se entiende por producción cinematográfica colombiana de cortometraje la que reúna los siguientes requisitos

a)

Que sea producida únicamente por empresas cinematográficas del país;

b)

Que el personal técnico y artístico que intervenga en ella sea colombiano en un 85% por lo menos;

c)

Que su duración en pantalla no sea superior de 20 minutos, y

d)

Que sea hablada en idioma español.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3594 de 1982