Micelio

Artículo 2

Ley 55 de 1981 · por la cual la Nación rinde homenaje al fundador de Cartagena, don Pedro de Heredia, con motivo de los cuatrocientos cincuenta años de su fundación y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Con ocasión de los cuatrocientos cincuenta años de la fundación de Cartagena, revístese al Presidente de la República de facultades extraordinarias a fin de que dicte los decretos-leyes necesarios y apropie en los presupuestos de las próximas vigencias hasta el 31 de diciembre de 1983, las partidas necesarias para realizar las siguientes obras materiales en la ciudad de Cartagena. Restauración de los edificios coloniales que son de propiedad del Estado, a saber:

1.

El Cuartel del Regimiento Fijo.

2.

El Colegio de la Compañía.

3.

La Casa de la Moneda.

4.

La Casa del Consulado de Comercio

5.

Los antiguos conventos de Santa Clara, Santa Teresa y San Diego.

6.

El Teatro Heredia.

7.

Dotación y embellecimiento de la Casa de Núñez.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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