Micelio

Artículo 2

La Sal Gema Destinada A La Elaboración De Sal Común Se Venderá En Las Salinas De Cumaral Y Upín A Un Precio Que Guarde Relación Con El De La Salmuera Y En Proporción A La Cantidad De Cloruro De Sodio Que Contengan Unas Y Otras Materias Primas, Teniendo En Cuenta, Además, Los Factores Del Costo De Elaboración, Según Lo Dispuesto En El Artículo 2° Del Decreto Número 600 De 1942

Decreto 2668 de 1944 · Por el cual se fija el precio de la salmuera en las salinas terrestres y de la sal de mar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La sal gema destinada a la elaboración de sal común se venderá en las salinas de Cumaral y Upín a un precio que guarde relación con el de la salmuera y en proporción a la cantidad de cloruro de sodio que contengan unas y otras materias primas, teniendo en cuenta, además, los factores del costo de elaboración, según lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto número 600 de 1942.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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