Micelio

Artículo 5

Programas De Gobierno

Ley 2 de 1992 · por la cual se dictan algunas disposiciones en relación con las elecciones que se realizarán el próximo 8 de marzo de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los candidatos a alcaldes deberán presentar en el momento de la inscripción su programa de gobierno, el cual harán conocer públicamente; si no lo presentaren, la inscripción será nula.

Los efectos por el incumplimiento del programa se regularán por la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2 de 1992