El Gobierno procederá a abrir los créditos o hacer los traslados presupuestales necesarios para dar cumplimiento a esta Ley, y las Mesas Directivas de las Cámaras, de acuerdo con el parágrafo del artículo 208 de la Constitución, incluirán las partidas del caso en el presupuesto de funcionamiento del Congreso.
Ley 4 de 1972 →Vigente
Artículo 4
Ley 4 de 1972 · Por la cual se ordena la publicidad de las sesiones del Congreso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.