Obligaciones de los propietarios o tenedores. Son obligaciones de los propietarios o tenedores de los vehículos taxi
Vincular el vehículo a una empresa habilitada.
Suministrar a la empresa y/o autoridad competente todo dato, documento y/o pronunciamiento que le sea solicitado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de recibo del requerimiento.
Constituir oportunamente los seguros ordenados por la ley y mantenerlos actualizados en perfecto estado sin tachones, borrones ni enmendaduras.
Colocar a los vehículos los distintivos de la empresa a la cual se encuentre vinculado.
Velar por que se suscriban los contratos de trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley 336 de 1996-
Mantener el vehículo en óptimo estado de funcionamiento.
Obtener y mantener actualizadas las tarjetas de operación y de control.